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Información general del organismo

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

MISPAS

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Historia

Desde principios del pasado siglo XX, existían en el país las llamadas Juntas de Sanidad, las cuales según la Ley de Sanidad Núm. 4836 del año 1908, funcionaban como corporaciones que atendían los servicios de sanidad en las provincias y municipios.
 
Las mismas tenían un carácter consultivo y de fiscalización y debían atender las consultas que sobre higiene y salubridad públicas les eran sometidas por las autoridades y las corporaciones científicas. Como la Republica Dominicana no tenía establecido un adecuado sistema de salud pública que garantizara la salud de la población de escasos recursos económicos, el 1ro. de enero del año 1920, el Gobierno Militar de Santo Domingo emitió la Orden Ejecutiva Núm. 338 (Ley de Sanidad) creando la Secretaría de Sanidad y Beneficencia, para velar con todo lo relativo a higiene y salubridad públicas.
 
En el año 1942, la Secretaría de Sanidad y Beneficencia cambia su denominación por Secretaría de Estado de Salud y Asistencia Pública, mediante la Ley de Secretarías de Estado Núm. 129. Dicha legislación amplía el campo de acción de este organismo asignándole nuevas funciones. Cinco años más tarde, las funciones de esta Secretaría fueron asignadas a la Secretaría de Estado de Previsión Social, creada mediante el Decreto Núm. 1399 del año 1947, añadiendo atribuciones relativas a la asesoría sobre legislaciones de seguros de enfermedad, indemnizaciones y otras.
 
Años más tarde el Decreto Núm. 1489 del año 1956, la denomina Secretaría de Estado de Previsión y Asistencia Social dirigiendo sus funciones hacia el área de seguros y asistencia a la ciudadanía; de igual forma este Decreto crea la Secretaría de Estado de Salud Pública y le asigna las funciones de erradicación de enfermedades en el país y sobre la higiene y protección de la salud.
 
En el año 1957, el Decreto Núm. 2786 integra las Secretarías de Estado de Salud Pública y la de Previsión y Asistencia Social, en una sola denominada Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social y es mediante la Ley Núm. 175 del año 1967 que esta adquiere el nombre de la que hoy conocemos como Secretarían de Estado de Salud Pública y Asistencia Social. Posteriormente, la Ley General de Salud Núm. 42-01 del año 2001, instituye a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social como la institución rectora del Sistema Nacional de Salud para formular una política y un plan nacional de salud.
 
En la actualidad, el Decreto Núm. 56-10, del mes de febrero del 2010 cambia de manera transitoria la designación de Secretaría de Estado por Ministerio, hasta tanto se creen formalmente los Ministerios que establece la Constitución dominicana. El Decreto Núm. 74-10, cambia, específicamente la denominación de Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social por Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
 
 
 

Misión

Garantizar el acceso equitativo a servicios integrales de salud con calidad, promoviendo la producción social de Salud, a través del ejercicio de la rectoría y funciones esenciales de la salud pública, para satisfacer las necesidades de la población, con énfasis en los grupos prioritarios, garantizando los derechos de los usuarios al acceso de los servicios sanitarios e informar a los usuarios de los servicios del sector salud o vinculados a él, de sus derechos y deberes a través de las instituciones competentes del Sistema Nacional de Salud

Visión

Desempeñar, con el más alto nivel de efectividad, la regulación del sistema nacional de salud, así como  las expectativas de las necesidades demandadas, con una gestión fundamentada en la calidad, la transparencia y un personal altamente competente y comprometido, asi como Ser una instancia con una gestión efectiva en la aplicación de políticas y manejo de programas y proyectos en el área de asistencia social, ejerciendo sus funciones con calidad y calidez, con talento humano calificados y comprometidos con la Misión institucional

Valores

  • Calidad
  • Talento humano calificados
  •  Compromiso

     

Funciones

 
a)   Diseñar y ejecutar las políticas del sector salud.
b)  Garantizar los derechos de los pacientes a la información comprensible y veraz sobre sus casos y su condición de salud, así como sobre el funcionamiento de los servicios sanitarios e informar a los usuarios de los servicios del sector salud o vinculados a él, de sus derechos y deberes a través de las instituciones competentes del Sistema Nacional de Salud.
c)   Garantizar a los pacientes una atención oportuna, de calidad y prestada con calidez, respetuosa de su ambiente cultural y de sus derechos humanos y de ciudadanos consagrados en la normativa constitucional.
d)   Coordinar la adecuada aplicación y desarrollo de los recursos disponibles cuya administración      competa al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
e)   Formular todas las medidas, normas y procedimientos que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones competen al ejercicio de sus funciones y tiendan a la protección de la salud de los habitantes.
f)   Garantizar la creación de condiciones necesarias para asegurar un adecuado acceso de la población a los servicios de salud.
g)  Coordinar con las instituciones educativas en los niveles superiores y técnicos y con las demás instituciones del Estado competentes, la formulación y ejecución de los planes y programas de desarrollo del recurso humano para el área de salud, de acuerdo a las necesidades del sistema.
h)  Promover las acciones necesarias para la rehabilitación funcional y reinserción social del paciente.
i)   Coordinar y promover la participación sectorial y extra-sectorial del sector privado y los subsectores públicos, nacionales e internacionales, en el desarrollo y
consolidación del Sistema Nacional de Salud.
j)   Nombrar, supervisar y evaluar los programas y servicios que desarrollen sus expresiones descentralizadas y estructuras organizativas correspondientes.
k)  Colaborar con el Ministerio de  Medio Ambiente y Recursos Naturales por la preservación y el mejoramiento del medio ambiente.
l)   Establecer y coordinar las políticas de supervisión que demande el sistema con el fin de garantizar una eficaz y eficiente aplicación de las normas científicas, técnicas y administrativas que fueren  expedidas.
m) Disponer las acciones disciplinarias o administrativas previstas por ley o cualquier otra disposición legal.
n)  Definir los grupos prioritarios de la población, y los problemas sobre los que el Estado debe hacer una mayor inversión en la política nacional de salud.
ñ)  Propender por la realización de los principios consagrados en la presente ley al interior del Sistema Nacional de Servicios de Salud, y de éste frente a los demás sectores públicos y privados, cuya actividad está relacionada con la administración de recursos o prestación de servicios de salud.
o)  Garantizar que toda persona física o moral o institución que pertenezca o se relaciones con el Sistema Nacional de Salud y sus áreas afines, cumpla con los criterios de la bioética, siempre que respeten la condición y dignidad de la persona humana, acorde a los convenios internacionales ratificados y las normas jurídicas dominicanas vigentes.
p)  Promover el interés individual, familiar y social por la salud, mediante la educación adecuada de la misma, asumiendo esta edu cación en sentido integral como base de las políticas sanitarias del país.
q)  Garantizar que las instituciones del sistema desarrollen acciones de promoción de la salud, prevención de las diferentes enfermedades y de protección, recuperación y rehabilitación de la salud y las complementarias pertinentes, a fin de procurar a la población la satisfacción de sus necesidades en salud.
r)   Coordinar el funcionamiento integrado de las entidades que se encuentren vinculadas al Sistema Nacional de Salud.
s)  Propender por la descentralización y desconcentración del sistema, sus expresiones territoriales mediante el fortalecimiento y desarrollo institucional y sus estructuras organizativas correspondientes.
t)  Velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales.

Base legal

- Ley Núm. 4378, orgánica de Secretarías de Estado del 10 de Febrero de 1956, Gaceta Oficial Núm. 7947.
- Ley Núm. 4471, del 3 de Junio de 1956, Gaceta Oficial Núm. 7999, sobre el código de Salud Pública.
- Constitución Política de la República proclamada el 28 de Noviembre de 1966, Gaceta Oficial Núm. 9014.
- Constitución Política de la República proclamada el 26 de enero de 2010. 
- Ley Núm. 175, del 31 de Agosto de 1967, Gaceta Oficial Núm. 9049, que la denomina en lo adelante Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
- Ley Núm. 478, del 18 de Enero de 1973, Gaceta Oficial Núm. 9291, del 10 de Febrero de 1973, enmienda el Artículo Núm. 1 de la ley Núm. 146, del 11 de Mayo de 19767, que exige el internado y pasantía médica.
- Ley Núm. 136, del 10 de Enero de 1980, hace obligatorio la autopsia de los cadáveres de las personas que han fallecido en circunstancias de manera no aclaradas totalmente
- Ley Núm. 50-88, sobre drogas y sustancias controladas, del 30 de Mayo de 1988, Gaceta Oficial Núm. 9735.
- Ley Núm. 83, del 22 de Agosto de 1989, sobre prohibición y colocación de desperdicios de construcción en las calles, relacionada con saneamiento ambiental, Gaceta Oficial Núm.9779, del 15 de Marzo de 1990.
- Ley Núm. 23, del 9 de Marzo de 1990, que modifica el párrafo III del artículo 59 de la ley 1896, del 30 de Diciembre de 1948, sobre seguros sociales, Gaceta Oficial Núm. 9777, del 15 de Marzo de 1990.
- Ley Núm. 62, del 31 de Diciembre de1993, Gaceta Oficial Núm. 9876, de fecha 15 de Febrero de 1994, que establece notificar a la SESPAS las personas vivas o fallecidas infectadas con el VIH, sida.
- Ley Núm. 42-00, Ley sobre la Discapacidad en República Dominicana
- Ley Núm. 24-97, que Modifica el Código Penal, el Código Procesal Criminal y al Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y sus Modificaciones
- Ley Núm. 87-01 que Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social
- Ley Núm. 42-01 General de Salud, de 8 de marzo de 2001
- Ley Núm. 12-06 Sobre Salud Mental
- Ley Núm. 68-03 que crea el Colegio Médico Dominicano
- Ley 136-03, crea el Código para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
- Decreto Núm. 1489, del 11 de Febrero de 1956, Gaceta Oficial Núm. 7947, en su párrafo Núm. VIII, relativo a las funciones de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
- Decreto Núm. 2091, del 14 de Febrero de 1968, Gaceta Oficial Núm. 9083, que crea el Consejo Nacional de Población y Familia, adscrito a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
- Decreto Núm. 301, del 19 de Octubre de 1970, Gaceta Oficial Núm. 92, del 20 de Octubre de 1970, crea e integra el Consejo Nacional de Salud. Deroga el Decreto 2830 del 23 de Septiembre de 1968.
- Decreto Núm. 2596, del 4 de Septiembre de 1972, Gaceta Oficial Núm. 9279 del 21 de Octubre de 1972, crea la Comisión para el estudio de la Contaminación Ambiental
- Decreto Núm.1070, del 14 de Mayo de 1983, Gaceta Oficial Núm. 9613, que dispone la realización de la campaña nacional de vacunación contra la poliomielitis de la población infantil y crea los comités nacional, provincial, municipal y seccional.
- Decreto Núm. 427, del 18 de Noviembre de 1991, Gaceta Oficial Núm. 9821, de fecha 30 de Noviembre de 1991, que crea el Instituto de Alimentación y Nutrición de la República Dominicana.
- Decreto Núm. 52, del 28 de Febrero de 1992, Gaceta Oficial Núm. 9828, que pone al Hospital Nuestra Sra. De Regla, de Baní, a disposición y administración de la rehabilitación que se ha levantado en el municipio de San José de Ocoa.
- Decreto Núm. 288, del 27 de Septiembre de 1994, Gaceta Oficial Núm. 9894, del 30 de Septiembre de 1994, que crea la Unidad Técnica de Gestión Central (UTGC) y las Unidades Técnicas de Gestión con sede en la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
- Decreto Núm. 308, del 10 de Julio de 1997, que crea la Comisión Ejecutiva para la Reforma del sector salud adscrita a la presidencia de la República.
- Decreto Núm. 45, del 13 de Febrero de 1998, que crea el Consejo Nacional de Apoyo al Programa Nacional de Control de Tuberculosis (CONAPROCT).
- Decreto Núm. 56, del 13 de Febrero de 1998, que crea la Comisión Nacional para el Tratamiento de    las Enfermedades Renales, con carácter permanente.
- Decreto Núm. 117, del 16 de Marzo de 1998, que crea las Direcciones Provinciales de Salud, como instancias descentralizadas de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social que operarán en cada una de las provincias.
- Decreto Núm. 24, del 9 de Julio de 1998 sobre los derechos a pagar por los servicios de las divisiones de Drogas y Farmacias de la SESPAS.
- Decreto Núm. 901, del 3 de Octubre del 2000, que traspasa la empresa Industria de la Aguja de la Secretaría Administrativa de la Presidencia.
- Decreto 732-04 que Aprueba el Reglamento de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud.
- Decreto. Núm. 351-04, que establece el Reglamento para el Registro de Reactivos para Diagnóstico Clínico.
- Decreto Núm.350-04, que aprueba Reglamento para la Habilitación y Funcionamiento Laboratorios Clínicos y Banco de Sangre.
- Decreto Núm. 349-04, del 4 abril 2004, que aprueba el Reglamento para la Habilitación y Funcionamiento de Banco de Sangre y Servicios de Transfusión.
- Decreto. Núm. 42-05, que establece el Reglamento de Aguas para Consumo Humano.
- Decreto Núm. 130-05, que aprueba el Reglamento de la Ley Núm. 200-04.
- Decreto Núm. 101-05, que crea la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción.
- Decreto Núm. 310-05, que establece el reglamento operativo de la Comisión de Ética y Combate a la Corrupción.
- Decreto. Núm. 250-06, que modifica los artículos 7, 8, 9, 11,15 y 60 del Decreto. Núm. 349-04 del 4 abril 2004, que aprueba el Reglamento para la Habilitación y Funcionamiento de Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión.
- Decreto Núm. 249-06, que aprueba el Reglamento del Sistema de Información General de Salud.
- Decreto 308-97, mediante el cual se crea la Comisión Ejecutiva para la Reforma del Sector Salud (CERSS).
- Decreto Núm. 991-00, que crea el Programa de Medicamento Esenciales (PROMESE).
- Resolución Núm. 0000001, que oficializa los instrumentos normativos y operativos para el desarrollo del Sistema de Información que define un modelo único de registro diario de atenciones.
- Decreto Núm. 56-10,  de febrero de 2010, establece el cambio de nombres de todas las Secretarías de Estado por el de Ministerio, el cual no incluyó a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
- Decreto Núm. 74-10, de fecha 12 de febrero de 2010, que  la denomina en lo adelante   Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
- Resolución Núm. 00003, sobre campaña de la “Lucha Contra la Tuberculosis.”
- Resolución Núm. 00004, que designa con el nombre de “Dr. Francisco Antonio González Hardy”, el Centro Sanitario de la Provincia de Puerto Plata.
- Resolución Núm. 0000005, que establece las normas complementarias para la habilitación de los centros de salud del primer nivel de atención.
- Resolución Núm. 00006, sobre el reporte obligatorio y oportuno a la SESPAS, de todo el sistema  nacional de salud en las primeras 24 horas de diagnósticos
y enfermedades transmisibles.
- Resolución Núm. 0000007, que pone en vigencia el modelo único de receta para la prescripción y dispensación de los medicamentos ambulatorios del Sistema
Dominicano de Seguridad Social.
- Resolución Núm. 00009, sobre la jornada nacional de vacunación para la eliminación de la rubéola y el síndrome de rubéola congénita.
- Resolución Núm. 0000008, que dispone que todo establecimiento de salud de atención especializada, podrá prestar servicios de menor complejidad.
- Resolución Núm. 00010, que dispone el regular y continuo abastecimiento de productos Farmacéuticos a las farmacias e industrias farmacéuticas
- Resolución Núm. 00012, que asume el documento sobre la política farmacéutica nacional
- Resolución Núm. 00013, que ratifica la resolución Núm. 00010 del 19 de octubre del 2006, la cual dispone el regular y continuo abastecimiento de productos
farmacéuticos a las farmacias e industrias farmacéuticas.
- Resolución Núm. 00014, sobre el control de peligro a la intoxicación por la emisión de monóxido de carbono en moteles, hoteles, cabañas, aparta-hoteles y
establecimientos afines. Disposición S/N, sobre  Fortalecimiento de las DPM y el Desarrollo Gradual.
- Disposición S/N, sobre el Fortalecimiento de las Direcciones Provinciales y Municipales y el sobre Desarrollo gradual de Redes y Servicios Públicos.
- Disposición S/N, sobre el Desarrollo de las funciones y organización de las Direcciones Provinciales de Salud (DPS).
- Disposición S/N, que establece el Registro del Preventivo.
- Disposición S/N de Habilitación y Acreditación para los Establecimientos de Salud.
- Disposición S/N, que Aumenta las Direcciones Municipales de Salud.
- Disposición Administrativa Interna S/N, sobre Reorganización Institucional.
- Disposición Administrativa S/N, que establece la nueva composición del comité de Bioética de la SESPAS.
- Disposición Administrativa S/N sobre Implementación del Sistema de Referencia y Contrarreferencia  de los Usuarios de Establecimientos de Salud.
- Reglamento Orgánico Núm. 1312, del 3 de Diciembre de 1995, Gaceta Oficial Núm. 7919 de la  Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
- Reglamento Núm.1138-03 General de Hospitales de la República Dominicana.
- Reglamento Núm S/N para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos Ambulatorios en el SDSS Reglamento para Receta Única.
- Propuesta S/N Reglamento de Rectoría y Separación de funciones del Sistema Nacional de Salud.
- Reglamento S/N para la Habilitación de Establecimiento y Servicios de Salud.
- Reglamento S/N del Tribunal Disciplinario interno del Colegio Medico Dominicano.
- Reglamento Núm.1138-03 para la Habilitación de Establecimientos y Servicios de Salud.
- Disposición 0000012, que establece el Reglamento Interno para el funcionamiento del Comité de Ética Pública de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
 
 

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